
El ayuntamiento de Santa Marta ha vuelto a proponer como Colegio Electoral los locales anexos a la Capilla de Valdelagua. En dicho lugar deberán por tanto ejercer el derecho a voto los 1.854 electores, casi un 20% del censo electoral que forman parte de las secciones 7ª y 9ª de Santa Marta.
Los concejales de Izquierda Unida hemos formulado un recurso contra la decisión de la Junta de Gobierno y la Oficina Provincial del Censo por tres motivos: en primer porque se incumple de manera flagrante el Real Decreto que regula cómo han de ser los denominados colegios electorales. Así su artículo 1º señala que los locales en los que se verifique el proceso de votación serán, preferentemente, de titularidad pública y de entre ellos, los de carácter docente, cultural o recreativo, y deberán de ser accesibles a las personas con limitaciones de movilidad. Está claro que ese requisito no se cumple y menos cuando el Colegio Público Martín Gaite y el IES Calisto y Melibea –los más cercanos a esas secciones electorales- están vacíos sin que el Ayuntamiento haya dado explicación convincente alguna.
El segundo motivo del recurso lo fundamentamos en que la Capilla de Valdelagua no reúne las condiciones mínimas exigidas. Ya en las elecciones del pasado 22 de mayo pudimos comprobar que la falta de espacio era evidente, la iluminación no era la adecuada ni tampoco la climatización y ventilación. Pero es que además, en esta ocasión las elecciones se celebrarán en noviembre, es decir, con una climatología previsiblemente adversa y con menos horas de luz.
Finalmente recurrimos por considerar que la Capilla no es un lugar de votación neutral. La iglesia ha protagonizado no pocos incidentes con la sociedad civil y sigue empecinada en influir en la política de los gobiernos. Con independencia de las creencias de cada uno, lo cierto es que el Vaticano se erige en autoridad pública pretendiendo ser tenida en cuenta en decisiones de carácter público: investigación científica, salud sexual, derecho de las mujeres a decidir sobre sus embarazos, etc.
No es de recibo que quienes no sean católicos tengan que votar en una Capilla. Y las contradicciones son más evidentes en el caso de Santa Marta ya que en la urbanización Signo XXV se vota en los locales municipales de Empleo y casualmente junto a ellos hay una Iglesia Evangélica ¿por qué en ese caso el Ayuntamiento cambia de criterio?
Parece evidente que tras el “sostenella y no enmedalla” existen razones ideológicas y estratégicas de sobra conocidas: llenar las urnas con los votos de un electorado que por razones obvias, el Partido Popular considera como propio.





